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Prevención en materia de Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo por evaluación de riesgos

Para mitigar Riesgos en el ámbito del CPC se sugiere:

Ningún delincuente, lavador o terrorista menciona sus actividades ilícitas, ademas de “requerir” bienes y servicios para incorporar “sus” ganancias dentro del sistema financiero



El artículo 36 de la LOCDOFT establece lo siguiente:
“…Los directivos o directivas, empleados o empleadas de los sujetos obligados, que por imprudencia, impericia, negligencia, favorezcan o contribuyan a la comisión del delito de legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo, sin haber tomado parte en él, serán penados o penadas con prisión de tres a seis años”

Evaluación de riesgos proximamente...